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Información importante que te puede ayudar a
tener una visita mas agradable a México.

Aqui te van algunos tips e informacion especial que te puede ayudar antes de entrar a México

Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos En síntesis
Al llegar a los Estados Unidos, todas las personas que no tienen la ciudadanía de los EE.UU. reciebn un Formulario I-95 (blanco), Registro de entradas/salidas, o el Formulario I-94W (verde), Formulario de entradas/salidas para no inmigrantes de países con excención de visa, que deben completar. En los formularios se pide la información de indentificación básica y la dirección en la que alojaría en los Estados Unidos.

Si es un visitante extranjero, el funcionario debe determinar los motivos de su visita a los Estados Unidos, que documentos debe presentar, si tiene dichos documentos, y cuanto tiempo se le permitirá permanecer inicialmente en los Estados Unidos. Estas determinaciones normalmente se realizan en menos de un minuto. Si se autoriza su ingreso, el funcionario estampará su pasaporte con el sello oficial y emitirá un formulario I-94 completo que le entregará. El formulario completo indica cuál es su clasificación inmigratoria y cuanto tiempo le han autorizado a permanecer en el territorio.

Documentación exigidaUS Customs
Si viaja desde fuera del hemisferio occidental (América del Norte, Central y del Sur) el ciudadano estadounidense debe presentar su pasaporte. Si viaja desde dentro del hemisferio occidental, podrá presentar cualquier constancia de ciudadanía estadounidense en la que compruebe, sin lugar a duda, si identidad y nacionalidad; puede ser, por ejemplo, un certificado de nacimiento un registro de bautizo.

Quienes no son ciudadanos estadounidenses, pero poseen residencia permanente y legal en los Estados Unidos deben presentar una tarjeta de residencia permanente, también denominada “tarjeta verde” (Formulario INSI-551), un permiso de reingreso, o una visa de residente que regresa.

Por lo general, un visitante extranjero debe presentar un pasaporte y una visa válida emitida por un funcionario consular de los Estados Unidos.

Si la permanencia en el país no supera los 90 días, los ciudadanos de países que participan en el programa de exención de visa no necesitan tramitar la visa para ingresar en los Estados Unidos en visita de negocios o de placer.
Normalmente no se exige visado a los ciudadanos canadienses a menos que ingrsen en los Estados Unidos como comerciantes, bajo la clasificación E.

GiftsEnvío de obsequios y compras por correo desde el exterior
Los obsequios enviados desde el extranjero a personas que viven en los Estados Unidos serán recibidos por sus destinatarios libres de aranceles si el valor del regalo no sobrepasa los US $100. Es posible enviar obsequios para más de una persona en un mismo paquete. Para poder acceder a esta exención, se debe iniciar con claridad el nombre de cada destinatario en el paquete. Las compras enviadas por correo a Estados Unidos que no sean obsequio no tributarán aranceles si su valor no excede US $200. En la envoltura externa debe figurar el valor razonable al por menor (al detalle) de su contenido; una descripción del contenido (por ejemplo, cinturones, camisas, relojes, figurines, etc.) así como indicarse si el paquete es un regalo (franquicia de US $100) o para uso personal (franquicia de US $200).

NOTA: El arancel que se adeuda por un paquete enviado por correo debe pagarse una vez que ha ingresado en los Estados Unidos. Pese a lo que puedan decirle los comerciantes en el extranjero, no es posible pagar el arancel por anticipado. Los bienes enviados por correo no califican para la franquicia arancelaria para residentes de EE.UU.

Tome precauciones Safe Traveler
Este folleto incluye una descripción general de los requisitos de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos. Para solicitar información adicional, comuníquese con la repartición local de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los EE.UU. En nuestro sitio web, www.cbp.gov, encontrará un listado de puertos de entrada. También puede llamar a la Oficina de Aduanas y Protección EE.UU. en Washington, DC al 1.877.CUSTOMS o 202.354.1000. Nos complacerá enviarle una copia de nuestro folleto Know Before You Go, que describe en detalle todo lo que debe saber antes de su partida.

Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos
Washington,D.C. 20229
Visite el sitio web de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE.UU. en:
www.cbp.gov
Publicación CBP No. 0000-0506
Modificada en diciembre de 2004

Ligas con más información

US Customs and Border Protection
http://www.cbp.gov/

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